Ir al contenido

Documento Soporte con los No Obligas a Facturar. DSNO: La DIAN confirma la validez de costos del año anterior con soportes del año nuevo.

El Concepto 158 de 2026 garantiza que la realidad económica prevalezca sobre la fecha de transmisión electrónica del documento soporte
27 de enero de 2026 por
Documento Soporte con los No Obligas a Facturar. DSNO: La DIAN confirma la validez de costos del año anterior con soportes del año nuevo.
Andrés Rubio

Un respiro para las empresas: La realidad económica prevalece sobre la fecha del documento electrónico.

Históricamente, existía una zona gris que generaba temor en los cierres de año: ¿Qué pasa si recibo un servicio en diciembre, pero el Documento Soporte en adquisiciones con no obligados (DSNO) lo emito en enero del año siguiente? Hasta hace poco, la doctrina de la DIAN era inflexible, sugiriendo que el costo podría ser rechazado.

Sin embargo, mediante el Concepto 000158 del 26 de enero de 2026 , la DIAN ha reconsiderado su postura. Ahora, se reconoce formalmente que el DSNO tiene una equiparación funcional con la factura de venta.

La clave del cambio: La entidad determinó que el parágrafo 2 del artículo 771-2 del Estatuto Tributario sí es aplicable al DSNO. Esto significa que los costos y deducciones realizados durante un periodo gravable serán aceptados fiscalmente, aunque el documento soporte tenga fecha del año siguiente, siempre que se acredite que el bien se entregó o el servicio se prestó en el año original.

Ejemplo práctico: El caso del mantenimiento de fin de año

Imagina que tu empresa contrató a un técnico de confianza (no obligado a facturar) para una reparación de maquinaria de emergencia el 28 de diciembre de 2025.

  • La situación: El técnico termina el trabajo el 30 de diciembre, pero solo te envía la cuenta de cobro y los detalles de los repuestos usados el 5 de enero de 2026.

  • La acción: Tu empresa genera y transmite el DSNO a la DIAN el 6 de enero de 2026.

  • Bajo la regla anterior: Había un alto riesgo de que la DIAN rechazara ese gasto en la declaración de renta de 2025 por tener un soporte de 2026.

  • Con el nuevo concepto: Podrás tomar la deducción en tu impuesto sobre la renta de 2025, siempre que guardes el acta de servicio o soporte que demuestre que la reparación ocurrió efectivamente en diciembre.

Conclusión para gerentes y contadores

Este cambio protege el principio de sustancia sobre forma. No obstante, la obligación de transmitir el documento sigue vigente, y la carga de la prueba sobre la fecha de realización de la operación recae en el contribuyente.

Documento oficial: aqui: VF._Reconsideracion_DSNO.__CONCEPTO_008129_int_935_DE_2025_gap.pdf


Documento Soporte con los No Obligas a Facturar. DSNO: La DIAN confirma la validez de costos del año anterior con soportes del año nuevo.
Andrés Rubio 27 de enero de 2026
Compartir
Etiquetas
Archivo