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💡 ¿Qué pasa si los sistemas de la DIAN fallan justo cuando toca declarar?

En mayo de 2025, la DIAN tuvo fallas técnicas en su plataforma virtual. ¿Qué pasa si un contribuyente no puede presentar su declaración o corregirla por culpa de esa caída? La DIAN respondió con el Oficio 008344 de 2025. Aquí te lo explicamos fácil:





La DIAN respondió con el Oficio 008344 de 2025. Aquí te lo explicamos fácil:

🧾 1. ¿Las declaraciones hechas durante la falla son válidas?

Sí. Si presentaste tu declaración durante la contingencia (o al día hábil siguiente), tiene total validez legal y no genera sanciones ni intereses moratorios (art. 579-2 ET).

⏳ 2. ¿Y si el plazo venció antes de la contingencia?

Ojo: Si el vencimiento fue antes de que empezara la contingencia y no cumpliste, sí se genera sanción por extemporaneidad e intereses.

✍️ 3. ¿Puedo corregir sin pagar sanción?

Sí. Si corregiste antes del vencimiento y durante la contingencia, no pagas sanción por corrección (art. 644 ET). El plazo se extiende hasta el día hábil posterior a que se restablezca la plataforma.

📌 4. ¿Y si estoy respondiendo a un requerimiento?

También puedes corregir tu declaración hasta el día siguiente al restablecimiento, si la fecha para responder cayó dentro de la contingencia (art. 707 y 709 ET).

📣 5. ¿La DIAN puede emitir aforo en ese caso?

No inmediatamente. Si el vencimiento para declarar en respuesta a un emplazamiento cayó en contingencia, tienes hasta el siguiente día hábil para declarar antes de que la DIAN pueda liquidar de oficio (art. 715 ET).

🔧 6. ¿Puedo corregir bajo los artículos 588 y 589?

Sí. Puedes hacerlo hasta el día siguiente a la finalización de la contingencia. Esto aplica tanto para aumentar valor a pagar como para modificar saldos a favor.

🔐 7. ¿Qué pasa con la firmeza de la declaración?

Las reglas de firmeza siguen iguales (3 años normalmente). Pero se cuenta desde el nuevo plazo ampliado por la contingencia (arts. 705 y 714 ET).

💸 8. ¿Y si presenté retención en la fuente sin pago total?

Tienes dos meses para pagar desde el fin de la contingencia, para evitar que la declaración sea ineficaz (art. 580-1 ET). Eso sí, hay que liquidar intereses moratorios.

✅ Conclusión rápida:

Cuando la plataforma de la DIAN falla y hay contingencia oficial:

  • Los plazos se extienden automáticamente.
  • No hay sanciones ni intereses si se cumple dentro del nuevo término.
  • Puedes corregir, declarar y responder requerimientos sin perder derechos.

📌 Aviso Importante:

Este resumen tiene fines informativos. No reemplaza la consulta con un contador o asesor tributario. Valide siempre con las fuentes oficiales o la normativa vigente.



💡 ¿Qué pasa si los sistemas de la DIAN fallan justo cuando toca declarar?
Andrés Rubio 18 de junio de 2025
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