El Concepto 0339 de 2024 del CTCP aborda la correcta contabilización de ingresos recibidos para terceros, como en el caso de agencias de viajes. Según las NIIF para las PYMES, una entidad debe registrar como ingreso únicamente los beneficios recibidos por cuenta propia, excluyendo montos gestionados para terceros. Este principio aplica en relaciones de agencia, donde solo la comisión se registra como ingreso. Además, se resalta la autonomía de cada entidad para definir su catálogo de cuentas, alineado con los marcos normativos vigentes. Más información está disponible en el documento original.
"Contabilización de Ingresos para Terceros: Directrices del Concepto 0339 de 2024 del CTCP"